Micelio
Auto18 de mayo de 2004

A- de 2004

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Diosenid Guevara Sanchez

Tema · dato duro
Conflicto De Competencia
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Superior jerárquico común
  • Asunción por Corte Constitucional cuando no existe superior jerárquico común
Corte Constitucional
  • Competencia residual
  • Conocimiento directo de conflicto de competencia para evitar dilaciones injustificadas y proteger derechos fundamentales
3 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se remitió el expediente de tutela al Tribunal Superior de Ibagué, Sala Civil, para que adelante la correspondiente actuación judicial, toda vez que esta Corte dará aplicación a lo dispuesto por el Art. 1º, numeral 1º, inciso primero del Decreto 1382 de 2000, por cuanto esta acción de tutela fue interpuesta contra autoridades públicas del orden Nacional, la competencia corresponde a los Tribunales Superiores de Distrito Judicial, a los Tribunales Administrativos o el Consejo Seccional de la Judicatura.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. REMITIR el expediente de tutela al Tribunal Superior de Ibagué, Sala Civil, para que adelante la correspondiente actuación judicial.
  2. Comuníquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Citada por3
A. 037/07Conflicto De Competencia Entre El Juzgado Primero Civil Del Circuito De Cartagena De Indias Y El Tribunal Superior Del Distrito Judicial De Cartagena Sala Civil Familia. Ordena Remitir El Expediente Al Tribunal Superior Del Distrito Judicial De Cartagena Sala Civil FamiliaA. 005/07Conflicto De Competencia Entre El Juzgado Primero Civil Del Circuito De Cartagena De Indias Y El Tribunal Superior Del Distrito Judicial De Cartagena Sala Civil Familia. Ordena Remitir El Expediente Al Tribunal Superior Del Distrito Judicial De Cartagena Sala Civil FamiliaA. 197/06Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-920/05 Por Considerar Que Esta Decision Vulneraba El Derecho Al Debido Proceso Aduciendo Que El Fallo No Abordo El Problema De Fondo Planteado En La Tutela Y La Incorrecta Aplicacion De La Jurisprudencia Que Se Invoca. Reglas La Procedencia De La Nulidad Contra Sentencias De Revisión. La Declaratoria De Nulidad De Una Sentencia De Revisión Proferida Por La Corte Constitucional Es Una Medida Excepcional Y Extrema A La Cual Sólo Puede Arribarse Cuando En La Decisión Concurran Situaciones Jurídicas Especialísimas Y Excepcionales, Que Evidencien Que Las Reglas Procesales Aplicables A Los Procesos Constitucionales Previstas En Los Decretos 2067 Y 2591 De 1991, Han Sido Quebrantadas Con Notoria Y Flagrante Vulneración Del Debido Proceso. Presupuestos Formales Y Materiales De Procedencia. La Nulidad No Es Un Juicio De Corrección, Sino Un Juicio De Validez De La Sentencia. Ninguno De Los Cuestionamientos Expuestos En La Solicitud De Nulidad Reviste Idoneidad Para Estructurar Una Causal De Violación Del Debido Proceso, Con Capacidad De Invalidación De La Sentencia. Negada

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.